Desde hace muchos años en Pichilemu se vienen registrando graves problemas, producto de ventas irregulares de terrenos que no están regularizados.
Vender terrenos irregulares es un DELITO, por lo que las personas que lo hacen arriesgan penas que van desde 3 años y un día hasta los 10 años de presidio, según el artículo 138 de Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Comprar un terreno irregular significa involucrarse en una maraña de problemas. Al hacerlo estás impedido de:
• Construir una vivienda (si lo haces la ley obliga a demolerla)
• Cercar una superficie definida
• Instalar agua y luz
• Postular a un subsidio de vivienda
¿QUÉ ES UN LOTEO IRREGULAR?
Los loteos irregulares o también llamados loteos “brujos” son subdivisiones de terreno que no cuentan con un permiso definitivo de la municipalidad, que están fuera de los límites máximos que define la normativa actual del Plano Regulador, que en nuestra comuna nunca, en promedio, son inferiores a 5 mil metros.
Estos terrenos no poseen delimitaciones claras de calles, tampoco acceso a espacios públicos ni a servicios básicos como: alcantarillado, agua potable, luz, entre otros.
POR QUÉ NO HAY QUE COMPRAR A TRAVÉS DE LA FIGURA “VENTA DE DERECHOS”
En Pichilemu abundan los especuladores, quienes de forma fraudulenta ofrecen retazos, sitios y superficies que no son legales porque no tienen un ROL propio asignado.
Estos estafadores usan la figura de “cesión de derechos” que no te hacen dueño de un terreno, acarreando una serie de problemas legales. Aunque la figura no es ilegal, la cesión de derechos sólo te hace dueño de un porcentaje del total de la propiedad inmueble en el papel, no de un terreno en particular.
¿QUÉ QUIERE DECIR ESTO?
Cuando alguien vende cesión de derechos marcando un espacio físicamente dentro de la propiedad con un plano o cercado y especificando los metros cuadrados en la promesa de venta, se está realizando una ESTAFA ya que la víctima está comprando un terreno físico que no existe.
¿QUÉ PASA SI CONSTRUYO EN UN TERRENO IRREGULAR?
Según el artículo 138 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones no se pueden construir más de dos casas en un solo ROL de propiedad en la zona rural. Cuando se construyen varias casas en un solo predio, la autoridad debe dar orden de clausura al terreno y arriesgando la demolición de la construcción.
SÓLO PASAS A SER DUEÑO DE UN TERRENO CUANDO ÉSTE ESTÁ INSCRITO EN EL CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES, CON SUS RESPECTIVAS SUPERFICIES Y DESLINDES PARA QUE DESPUÉS TENGAN SU PROPIO ROL, LO QUE NO OCURRE CUANDO COMPRAS “DERECHOS”.
ANTES DE COMPRAR INFÓRMATE EN NUESTRO MUNICIPIO SI LA PROPIEDAD DE TU INTERÉS TIENE FACTIBILIDAD CONSTRUCTIVA
Consultas:
Dirección de Obras Municipales, de lunes a viernes de las 8:30 a 13:00 hrs/ 14:30 a 17:00 horas o puede llamar al 722976573
PICHILEMU DICE BASTA A LOS LOTEOS IRREGULARES
NO MÁS LOTEOS IRREGULARES EN PICHILEMU
Abierto